El Colegio Médico del Perú sustentó ante el Tribunal Constitucional los argumentos de la demanda de inconstitucionalidad presentada contra la Ley N.° 32210. La exposición realizada durante la audiencia pública buscó precisar los alcances del acto médico y definir las competencias profesionales en procedimientos de complejidad. Aparte de buscar claridad en la norma, la iniciativa persigue la protección del derecho a la salud y la seguridad de los pacientes en el país.
La representación de la orden profesional estuvo a cargo de los abogados Lucas Ghersi y Enrique Ghersi. Durante la sesión, diversas entidades del sector salud aportaron criterios técnicos especializados para respaldar el análisis del caso. Tanto la Academia Nacional de Medicina como la Academia Nacional de Cirugía y la Sociedad Peruana de Cirugía Plástica y Reconstructiva participaron en la jornada para sumar evaluaciones al expediente.
¿Cuáles son los objetivos principales de la demanda contra la Ley N.° 32210?
La acción presentada ante el órgano de control constitucional busca establecer límites normativos claros en el ejercicio de las profesiones de la salud. La fundamentación del recurso integra criterios jurídicos, técnicos y deontológicos destinados a evitar dudas en la aplicación de tratamientos sanitarios e intervenciones de complejidad.
El CMP aclaró que esta medida procesal no cuestiona el ejercicio de la odontología ni de sus especialidades en el territorio nacional. La finalidad del proceso radica en dotar de certeza jurídica al sistema sanitario para prevenir riesgos en la atención de las personas.
- Precisar las competencias de los profesionales en el ámbito sanitario.
- Ofrecer certeza jurídica en las atenciones del sistema de salud.
- Resguardar la integridad de los usuarios ante vacíos en la norma.
- Fortalecer el cumplimiento de los principios deontológicos en el trabajo de salud.
¿Qué expresaron los voceros oficiales sobre el proceso en el Tribunal Constitucional?
El representante de la orden gremial enfatizó que el trámite busca normar el desempeño de las profesiones en beneficio de la ciudadanía.
«Nuestra posición responde a un único propósito: proteger el derecho de los pacientes a recibir una atención segura y garantizar que las competencias profesionales se encuentren claramente definidas», señaló el decano nacional del Colegio Médico del Perú, Dr. Pedro Riega López.
Las organizaciones del sector convocadas a la vista de la causa coincidieron en que la delimitación de funciones profesionales constituye un pilar esencial en la práctica médica. El aporte de la Academia Nacional de Medicina y de la Academia Nacional de Cirugía brindó sustento técnico al debate sobre la definición del acto médico y sus implicancias en la atención de los usuarios.
¿Qué pasos siguen en el trámite de la causa constitucional?
El proceso continuará su curso legal de acuerdo con las etapas fijadas en el reglamento del Tribunal Constitucional. Las partes involucradas quedan a la espera de la resolución que emitirán los magistrados tras evaluar los alegatos expuestos en la audiencia.
Aparte de presentar los informes correspondientes, el Colegio Médico del Perú mantendrá su presencia en las fases siguientes del debate judicial. La institución sostendrá su postura institucional en defensa de la salud pública y el resguardo de los pacientes en todo el territorio peruano.












