Las personas naturales con ingresos anuales superiores a 7 UIT podrán acceder a beneficios tributarios deduciendo gastos en rubros como restaurantes, hoteles, servicios médicos, alquiler de viviendas y aportaciones a EsSalud para trabajadores del hogar, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Para el 2025, el monto máximo de deducción permitido es de 3 UIT, equivalente a S/16,050, lo que permitirá reducir el monto del Impuesto a la Renta (IR) o generar un saldo a favor del contribuyente.
Rubros y requisitos para la deducción
Los contribuyentes podrán deducir hasta el 15% de los gastos realizados en restaurantes y hoteles, siempre que estos sean respaldados por comprobantes de pago electrónicos emitidos desde el 1 de enero de 2019.
En el caso de los servicios médicos y odontológicos, la Sunat señala que los pagos deben realizarse a profesionales registrados como rentas de cuarta categoría, quienes deben emitir recibos electrónicos y detallar el medio de pago utilizado en el Sistema de Emisión Electrónica.
También se pueden deducir los gastos médicos de familiares dependientes, como hijos menores de edad, hijos con discapacidad inscritos en Conadis, cónyuge o conviviente, siempre que no sean cubiertos por seguros de salud.
Aportes a EsSalud deducibles
Las aportaciones realizadas a EsSalud por trabajadores del hogar, que representan el 9% de la remuneración, son completamente deducibles. Para ello, el empleador debe inscribir al trabajador en el aplicativo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y registrar la declaración en Sunat Virtual.
El pago de estas aportaciones se acredita con el Formulario N° 1676, en formato físico o digital, permitiendo deducir el 100% del monto aportado.
Para más detalles y verificar si se cumplen los requisitos para acceder a estos beneficios, los contribuyentes pueden ingresar al portal de Sunat Virtual.












