El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emitió hoy una norma que mantiene la restitución de impuestos arancelarios a los exportadores, preservando el mecanismo del drawback que inicialmente iba a ser eliminado.
Mediante el Decreto Supremo Nº 027-2025-EF, se deroga el Decreto Supremo N° 189-2024-EF, que modificaba el esquema de restitución arancelaria, así como el Decreto Supremo N° 197-2024-EF, que postergaba la vigencia de dichas modificaciones.
La decisión se fundamenta en la necesidad de brindar estabilidad al sector exportador en un contexto de incertidumbre internacional y cambios extraordinarios. En este sentido, se mantiene el modelo vigente del Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios.
El ministro de Economía y Finanzas, José Salardi, destacó que la medida busca fortalecer la competitividad del sector y alcanzar los 100,000 millones de dólares en exportaciones peruanas.
Impacto del drawback en la competitividad exportadora
El drawback es un régimen aduanero que permite la devolución de un porcentaje del valor FOB, a través de la restitución total o parcial de los derechos arancelarios que gravaron la importación de insumos utilizados en la producción de bienes exportados.
Salardi enfatizó que los exportadores peruanos aún enfrentan barreras logísticas que afectan su competitividad. «El tiempo que toma embarcar un contenedor en el puerto del Callao es un claro ejemplo de los costos adicionales que impactan la actividad exportadora», explicó.
Asimismo, señaló que el tipo de cambio actual, aunque beneficioso para la estabilidad económica del país, resta competitividad al sector exportador en el mercado global. Por ello, consideró esencial mantener incentivos como el drawback para mitigar estos desafíos y potenciar la industria exportadora del país.












