El Banco Internacional del Perú (Interbank) ha sido sancionado por la Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi con una multa de 4 UIT (equivalente a 19,800 soles) por no haber tomado las medidas de seguridad necesarias tras siete operaciones no reconocidas realizadas con la tarjeta de crédito de un usuario.
La resolución emitida por la SPC ordena que Interbank deje sin efecto las transacciones indebidas, así como los intereses, comisiones y otros gastos generados por estas. Además, el banco tendrá que devolver al afectado los montos pagados como consecuencia de estas operaciones no autorizadas.
Nuevo criterio en la gestión de operaciones no reconocidas
La sanción se fundamenta en un nuevo criterio adoptado por la SPC, que exige a las entidades financieras ser más proactivas en la detección y prevención de operaciones inusuales. En este caso, la primera de las transacciones debió haber sido marcada como inusual debido a que no coincidía con el comportamiento habitual del cliente, lo que debería haber activado una alerta en el sistema de seguridad del banco.
El fallo establece que, al no generar esta alerta ni implementar medidas preventivas, Interbank permitió que se procesaran las seis transacciones posteriores, lo que incrementó el perjuicio al consumidor. Según el Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito, las entidades financieras son responsables de impedir el procesamiento de operaciones sospechosas para evitar posibles fraudes.
El Indecopi ha reforzado la obligación de los bancos de proteger a sus clientes frente a operaciones no autorizadas. La SPC subrayó que, en casos donde una transacción se identifique como inusual, los bancos deben asumir la responsabilidad administrativa no solo por esa operación, sino también por cualquier otra posterior que se cargue al cliente.












