Las solicitudes para el retiro de fondos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) podrán realizarse desde el 21 de octubre de 2025, según lo establecido en la Resolución SBS Nº 03444-2025, publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). La norma regula el procedimiento operativo para acceder hasta 4 UIT, equivalentes a S/ 21,400, conforme a la Ley N.° 32445.
El profesor Jorge Carrillo Acosta, experto en finanzas de la Pacífico Business School, explicó que los desembolsos se harán de manera progresiva. El primer retiro (hasta 1 UIT) se entregará 30 días después de la solicitud, y los siguientes en intervalos similares hasta completar las cuatro entregas.
El plazo para presentar solicitudes vencerá 90 días después del inicio de vigencia del procedimiento operativo. De esta manera, los afiliados tendrán una ventana de tiempo para decidir si acceden al retiro y por cuánto monto.
Como ocurrió en procesos anteriores, las AFP deberán publicar un cronograma de atención basado en el último dígito del DNI de los afiliados. Asimismo, se habilitará una página web única para ingresar las solicitudes de retiro de forma virtual.
Con este nuevo esquema, se busca ordenar los procesos y evitar la saturación en el sistema financiero. La SBS remarcó que las AFP están obligadas a garantizar canales de atención seguros y accesibles para todos los afiliados.












