El Gobierno oficializó el pago de un aguinaldo de 300 soles por Fiestas Patrias para los trabajadores del sector público. La medida fue publicada en el Diario Oficial El Peruano mediante el Decreto Supremo 139-2025-EF y establece que el abono se realizará por única vez con la planilla de pagos de julio.
¿Quiénes recibirán el aguinaldo por Fiestas Patrias?
El beneficio incluye a funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo los regímenes del Decreto Legislativo 276, la Ley de Reforma Magisterial (Ley 29944), la Ley de Institutos Superiores (Ley 30512) y los docentes universitarios regidos por la Ley 30220.
También alcanzará al personal de salud, obreros permanentes y eventuales del Estado, miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, pensionistas de regímenes públicos (Ley 15117, Decretos Leyes 19846 y 20530), y trabajadores bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057 (CAS).
Requisitos para recibir el aguinaldo
Según el decreto, los beneficiarios deberán cumplir dos condiciones:
Haber estado laborando al 30 de junio de 2025 o encontrarse de vacaciones, con licencia con goce de haber, o percibiendo subsidios según la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud (Ley 26790).
Contar con al menos tres meses de antigüedad al 30 de junio de 2025. Si el trabajador no cumple este tiempo, el aguinaldo será proporcional a los días laborados.
¿Cuándo se paga el aguinaldo?
El pago será incluido en la planilla del mes de julio, como parte de las celebraciones por Fiestas Patrias.











