El Ejecutivo promulgó la Ley N.º 32428, aprobada por el Congreso, que eleva hasta en 80% el límite de inversión en el extranjero que pueden realizar las AFP con los fondos que administran de sus afiliados.
La norma, publicada en una edición extraordinaria del diario oficial El Peruano, modifica el artículo 25-D de la Ley del Sistema Privado de Pensiones (D.S. 054-97-EF) y establece que los fondos podrán invertir en instrumentos emitidos por gobiernos y entidades financieras y no financieras cuya actividad se realice en el exterior, hasta dicho porcentaje.
El Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) seguirá siendo la entidad responsable de fijar el límite operativo.
La ley lleva la firma de la presidenta Dina Boluarte y del presidente del Consejo de Ministros, Eduardo Arana.












