Desde este 21 de octubre, Lima Metropolitana y el Callao se encuentran bajo Estado de Emergencia, una medida decretada por el Poder Ejecutivo para intensificar las acciones frente a la delincuencia y el crimen organizado. Sin embargo, a diferencia de lo que muchos creen, esta disposición no incluye un toque de queda.
¿Cuál es la diferencia?
El Estado de Emergencia permite restringir derechos constitucionales como la libertad personal, la inviolabilidad del domicilio y la libertad de reunión y tránsito, según el artículo 137 de la Constitución. No obstante, no impide la libre circulación durante la noche ni obliga a permanecer en casa, como ocurre en un toque de queda.
Mientras dure la medida —por un periodo inicial de 30 días— el control del orden interno estará a cargo de la Policía Nacional del Perú (PNP), con el apoyo de las Fuerzas Armadas y el Serenazgo Municipal, operando bajo un esquema de fuerzas combinadas.
El toque de queda, en cambio, restringe el tránsito en horarios determinados y solo permite salir por motivos de emergencia o trabajo esencial, una medida que no está vigente actualmente.
Actividades permitidas y restricciones
Durante el Estado de Emergencia, las reuniones públicas masivas —como eventos deportivos, religiosos o culturales— deberán contar con autorización previa de las autoridades competentes. Las actividades privadas o de menor escala pueden realizarse con normalidad.
El Decreto Supremo N.º 124-2025-PCM detalla una serie de acciones específicas orientadas a recuperar la seguridad ciudadana:
Control penitenciario y telecomunicaciones ilícitas
Restricción de visitas a internos: una por semana en régimen ordinario y una quincenal en régimen especial.
Corte eléctrico en celdas (solo luz de seguridad).
Desmontaje de antenas ilegales de telecomunicación dentro de penales.
Operativos de fuerzas combinadas
Control territorial en zonas críticas y patrullajes coordinados entre PNP, FF. AA. y serenazgo.
Intervenciones para detectar requisitoriados y vehículos irregulares.
Prohibición del tránsito de dos adultos en motos lineales (categoría L3).
Decomiso de armas, explosivos, pirotécnicos e insumos químicos usados para elaborar drogas.
Fiscalización de la venta ilegal de chips y celulares vinculados a extorsiones.
Refuerzo judicial y lucha contra mercados ilegales
Fortalecimiento de las unidades de flagrancia, para acelerar la respuesta judicial ante detenciones.
Protección especial para jueces y fiscales que investiguen delitos graves.
Operativos contra la trata de personas, el tráfico de drogas, el comercio ilegal de autopartes y de armas.
El decreto también dispone que el Sistema de Inteligencia Nacional realice pruebas de polígrafo al personal del INPE y otros funcionarios, como parte del control de confianza para combatir la corrupción en el sistema penitenciario.
Seguridad sin restricciones absolutas
El Ejecutivo busca con esta medida recuperar el control en las zonas más golpeadas por el crimen, sin afectar totalmente la libertad de los ciudadanos. Por ello, el Estado de Emergencia no debe interpretarse como una inmovilización total, sino como una acción preventiva y operativa para reforzar la seguridad pública.












