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Educación

Fijan monto de remuneración de auxiliares del sector educación

Las remuneraciones mensuales de los auxiliares nombrados y contratados deben ser al menos el 85% de la remuneración íntegra mensual de la Primera Escala Magisterial.

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El Congreso de la República promulgó la Ley 31923, la cual establece los montos de las remuneraciones para los auxiliares del sector Educación. Esta nueva legislación se ha publicado en la separata Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

La norma fue aprobada por insistencia en el Poder Legislativo, luego de recibir observaciones por parte del Poder Ejecutivo.

De acuerdo con esta ley, «los montos de las remuneraciones mensuales de los auxiliares nombrados y contratados no pueden ser menores al 85% de la remuneración íntegra mensual prevista para la Primera Escala Magisterial». Este cambio se implementa mediante una modificación al numeral 5.1 de la Ley que regula la política remunerativa del auxiliar de educación en las instituciones educativas públicas (Ley 30493).

Además, la ley establece que los montos, criterios y condiciones de los derechos y beneficios de los trabajadores auxiliares se aprueban mediante un decreto supremo, refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y el ministro de Educación, a propuesta de este último.

Es importante destacar que actualmente, los docentes pertenecientes a la Primera Escala Magisterial reciben una remuneración que oscila entre 2,850 y 3,800 soles. La promulgación de esta ley busca garantizar remuneraciones justas y competitivas para los auxiliares del sector educativo, reconociendo su importante labor en el sistema educativo del país.

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