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Comisión de Constitución aprueba dictamen que permitirá a la presidenta gobernar virtualmente

En menos de una semana la propuesta fue avalada en todas las instancias previas al debate en el Pleno.

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La Comisión y Constitución del Congreso aprobó el dictamen del proyecto de ley que autoriza al presidente o presidenta del turno poder gobernar remotamente cuando esté fuera del país y en el caso de no haber vicepresidentes de la República.

Tras el debate respectivo por parte del mencionado grupo de trabajo parlamentario, la votación quedó de la siguiente manera: 11 votos a favor, cinco en contra y una abstención. De esta manera, el texto podrá ser agendado para que pueda ser abordado en el Pleno.

¿Qué propone la iniciativa del Ejecutivo?

La propuesta que busca modificar la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo menciona que en que caso de no haber vicepresidentes, el presidente o presidenta de la República puede comunicarse con el jefe de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) a través de “tecnologías digitales”.

“De no contar con vicepresidentes en ejercicio, el Presidente de la República se mantiene a cargo del despacho de forma remota, empleando las tecnologías digitales correspondientes para tal efecto. El Congreso de la República, en el marco de sus competencias, precisa en la resolución legislativa autoritativa que el Presidente de la República se mantiene a cargo del despacho de forma remota”, menciona el incorporado artículo 8-A de la Ley N.º 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.

“En tanto dure el viaje, y de conformidad con el artículo 123 de la Constitución, el Presidente del Consejo de Ministros, en su condición de portavoz autorizado del gobierno, mantiene permanente comunicación con el Presidente de la República a través de las tecnologías digitales”, agrega la iniciativa planteada.

Del mismo modo, se estaría también modificando el artículo 19 de la referida ley, la cual menciona las competencias o funciones del titular de la PCM.

“Al Presidente del Consejo de Ministros, además de las funciones señaladas en la Constitución Política del Perú, le corresponde cumplir con lo dispuesto en el artículo 8-A de la presente ley”, cita el documento.

Archivo: Comisión Constitución Congreso
Archivo: Comisión Constitución Congreso

Vale recordar que, la iniciativa del Ejecutivo fue presentada al Legislativo el último lunes 15 de mayo, al día siguiente el primer ministro, Alberto Otárola, sostuvo una reunión con los integrantes de la Mesa Directiva del Parlamento para explicar la iniciativa y al día siguiente hizo lo propio ante la Comisión de Constitución. Finalmente, en menos de 48 horas la propuesta fue avalada en todas las instancias previas al debate en el Hemiciclo.

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