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Gobierno oficializa declaratoria de estado de emergencia en el Cercado de Lima y Lince

Medida para reforzar la lucha contra la criminalidad será por un plazo de 60 días calendario.

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Tal como lo fuera anunciado la tarde de ayer por el primer ministro Alberto Otárola, el Poder Ejecutivo emitió hoy el decreto supremo que amplía el estado de emergencia para combatir la inseguridad ciudadana en el Cercado de Lima y Lince por un plazo de 60 días.

Archivo: PCM
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El dispositivo (Decreto Supremo N. ° 114-2023-PCM) se encuentra en el boletín de normas legales del diario oficial y lleva la rúbrica de la presidenta Dina Boluarte; así como, de los ministros de Defensa, Interior, Justicia y Transportes.

La Policía Nacional del Perú (PNP) mantendrá el control del orden interno en las jurisdicciones mencionadas, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.

Asimismo, quedan suspendidos los derechos constitucionales relacionados a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personal.

Del mismo modo, los eventos sociales y espectáculos entre la 00:00 h y 4:00 a. m. quedan también suspendidos.

Sobre la intervención de la PNP y Fuerzas Armadas, esta se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N. ° 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Decreto Legislativo N. ° 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N. ° 003-2020-DE, respectivamente; así como en el “Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad”, aprobado por el Decreto Supremo N. ° 002-2023-MIMP.

El Ministerio del Interior (Mininter) articulará y gestionará, a favor de la PNP, el reforzamiento del control e identificación de migración irregular en el ámbito territorial del presente Decreto Supremo y la posible comisión de infracciones en materia migratoria, esto con apoyo de Migraciones y con la Sucamec, para el desarrollo de operativos que permitan determinar la vigencia de las licencias para portar armas y de las tarjetas de propiedad del armamento, y la posible comisión de infracciones en materia de armas de uso civil, así como de un censo de personal civil que presta servicios de seguridad privada.

Asimismo, coordina con la PNP, el Poder Judicial, el Ministerio Público y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la instalación y/o fortalecimiento de las Unidades de Flagrancia para aclarar los procesos judiciales.

Cabe recordar que, desde el 20 de septiembre, San Juan de Lurigancho, San Martín de Porres y los distritos de Sullana, Bellavista, Marcavelica, Salitral, Querecotillo, Ignacio Escudero y Miguel Checa, en la provincia de Sullana del departamento de Piura, acatan la misma figura en la lucha contra la inseguridad ciudadana y otros delitos asociados.

Sobre el presente Decreto Supremo, es en conformidad con lo establecido en los numerales 4) y 14) del artículo 118 y el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú; y los literales b) y d) del numeral 2) del artículo 4 de la Ley N. º 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.

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