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Oficializan cambios en las causales de vacancia o remoción del Consejo Directivo de la ATU

Ministra de Transportes, Paola Lazarte, anunció en la previa que lo aprobado “sirve para poder evaluar a los funcionarios”.

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A través de la publicación del Decreto Supremo N.º 007-2023-MTC, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) modificó – en parte –  el artículo del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU).

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En ese sentido, las causales de vacancia o remoción de los miembros del Consejo Directivo de la ATU, estipulado en el numeral 12.1 del artículo 12 del D.S N.º 003-2013-MTC, son a partir de la fecha los siguientes:

12.1 Son causales de vacancia o remoción del cargo de miembro del Consejo Directivo, las siguientes:

a) Fallecimiento.

b) Incapacidad permanente.

c) Renuncia aceptada.

d) Impedimento legal sobreviniente a la designación.

e) Remoción por falta grave.

f) Inasistencia injustificada a tres (3) sesiones consecutivas o cinco (5) no consecutivas del Consejo Directivo, en el periodo de un (1) año, salvo licencia autorizada.

Cabe señalar que, hasta antes de la publicación del presente Decreto Supremo en el diario oficial, las causales eran “fallecimiento”, “incapacidad permanente”, “renuncia aceptada” e “impedimento legal sobreviviente a la designación”.

Como se recuerda, el anuncio de la modificatoria en la estructura organizacional de la ATU fue anunciada tras el Consejo de Ministros del último miércoles por el primer ministro, Alberto Otárola, y la titular del MTC, Paola Lazarte.

Asimismo, la ministra de Transportes precisó que lo aprobado “sirve para poder evaluar a los funcionarios”.

Finalmente, la Decreto Supremo lleva las rúbricas de la mandataria, Dina Boluarte, así como de la titular del sector Transportes y Comunicaciones.

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